Fecha: 27/10/18

Sin
embargo, la noción de usura está muy vinculada al interés excesivo en un
préstamo y a la ganancia desmedida que obtiene el prestamista. Las personas y
entidades que cobran intereses muy elevados reciben el calificativo de
usureros.
La
usura no es un concepto económico preciso; es decir, no existe un nivel
específico y concreto que determine en qué momento un tipo de interés pasa a
convertirse en algo excesivo. Por el contrario, la usura está vinculada a una
noción compartida socialmente y a la creencia de que existe un cierto precio
que es justo y que merece ser pagado por el usuario o consumidor.
https://www.youtube.com/watch?v=UW_YgBVm5hw

A través de la
historia se ha entendido la usura como la práctica de imponer a un
préstamo inicial un interés abusivo.
Si aceptamos esta
amplia definición, la práctica de la usura es rastreable 4.000 años atrás en la
historia. Aunque su existencia ha sido reiteradamente condenada, prohibida o
despreciada, casi todas las culturas, la han utilizado.
¿Los préstamos pueden considerarse como usura?
No, ni mucho
menos. Se dice que un préstamo es usurario cuando se presta dinero a un tipo de
interés excesivamente alto, con aprovechamiento por parte de quien presta el
dinero.
Además se realiza
mediante engaño o amparándose en una situación de necesidad en quien lo
solicita.
¿La usura es delito o no?
No, ya no es
delito. Cosas del capitalismo económico. Con la entrada en vigor del Código
Penal del 1995, el delito de usura desapareció de nuestro sistema, aunque por
desgracia no su práctica.
Todavía hoy, en el
siglo XXI, no hemos logrado desterrar este abuso contra los más necesitados.
Y es que la usura
sólo sirve para perpetuar la situación de desigualdad y dependencia que han
marcado y marcará las relaciones entre quien es dueño del dinero y quien
realmente lo necesita.
Preguntas Frecuentes Contra la
Usura
Jueves, 30 de Mayo de 2013 08:23
1. ¿A quiénes aplica esta Ley
Contra la Usura?
Los acreedores que están sujetos a esta Ley:
Los acreedores que están sujetos a esta Ley:
a.
Bancos.
b. Sociedades de Seguros.
c. Bancos Cooperativos y Federaciones, de conformidad
con la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y Crédito.
d. Asociaciones y Sociedades Cooperativas de Ahorro y
Crédito y sus Federaciones.
e. Sociedades de Ahorro y Crédito.
f.
Bancos de los Trabajadores.
g. Cajas de Crédito.
h. Emisores de Tarjetas de Crédito.
i.
Asociaciones sin fines de lucro que otorguen
crédito.
j.
Fundaciones sin fines de lucro que otorguen
crédito.
k.
Casas comerciales.
l.
Comerciantes de bienes y/o servicios.
m. Casas de empeño.
n.
Montepíos.
o.
Personas naturales que presten dinero.
p. En general, cualquier sujeto o entidad que de
conformidad a la Ley Contra la Usura realice operaciones de financiamiento.
2. ¿Cómo saber si la tasa
efectiva de mi crédito es tasa usurera?
La tasa de interés efectiva del crédito no deberá ser superior a la tasa
máxima legal publicada por el Banco Central de Reserva.
3. ¿Qué es la tasa Máxima Legal?
Tasa equivalente a 1.6 veces la tasa efectiva promedio simple de cada
tipo de segmento de crédito y rango de monto, la cual será publicada por el
Banco Central de Reserva (BCR).
4. ¿La tasa de interés máxima
legal publicada por el BCR estará en términos anuales?
El BCR publicará las tasas máximas legales en términos anuales y a más
tardar el décimo día hábil del cierre de enero y julio de cada año.
5. ¿Cómo y cuándo podré
inscribirme en el registro? ¿Y a quien le corresponde inscribirse en el
Registro de Acreedores?
El BCR pondrá a disposición de los sujetos obligados en su sitio web www.bcr.gob.sv un aplicativo para la implementación de la Ley
Contra la Usura donde podrán registrarse todas aquellas personas naturales y
jurídicas que otorguen créditos.
6. Si soy una persona natural que
otorga financiamiento ¿Qué información es la que podré reportar? ¿será toda la
cartera de créditos?
La información a reportar serán los créditos nuevos otorgados agrupados
por mes y clasificados por segmento de créditos de acuerdo a lo establecido por
la Ley Contra la Usura.
La ley es
aplicable a cualquier persona natural o jurídica que realice actividades como
prestamista, tales como instituciones financieras, casas comerciales,
montepíos, comerciantes de bienes y servicios, casas de empeño y, en general,
cualquier sujeto o entidad que preste dinero bajo cualquier modalidad, según
indicó el Banco Central de Reserva (BCR).
El BCR tendrá la
responsabilidad de establecer los sistemas para el registro de acreedores y de
recibir la información de sus actividades crediticias para, posteriormente,
calcular 18 tasas máximas legales de interés. Dichas tasas se hallarán a través
de una metodología y en base a los cinco segmentos de créditos y montos
establecidos por Ley.
Las tasas de
interés serán publicadas por medio del sitio web del Banco Central de Reserva (http://www.bcr.gob.sv/esp/) y mediante publicación en dos periódicos de circulación nacional.

El BCR elaborará
la norma que contendrán las disposiciones sobre el registro de acreedores, el
contenido y remisión de la información crediticia y la forma de cálculo de las
tasas máximas. Además, contará con la infraestructura tecnológica necesaria
para que prestamistas (ya sean personas naturales o jurídicas) no regulados por
la Superintendencia del Sistema Financiero se registren llegado el momento.

Considerando los
plazos establecidos en la Ley, el Banco Central comunicará las fechas en las
que convocará a las personas naturales o jurídicas sujetas de registro, para
darles mayor información sobre los datos que se le requerirán para su
inscripción en el mismo, así como sobre la información que deberán enviar para
realizar el cálculo de las tasas máximas legales y las fechas en que deberá
remitirse.
El Banco Central
pone a disposición el correo electrónico consultas.usura@bcr.gob.sv para atender consultas y ofrecer más información relacionada con este
tema.
Valoración
personal.
Debido a la situación
económica que afronta el país, muchas
personas o entidades desean obtener un financiamiento ya sea a través de un
banco o una institución autorizada pero en ocasiones no logran cumplir con los
requisitos necesarios para obtener dicho préstamo, es entonces cuando buscan
obtener financiamiento mediante otras personas o entidades las cuales se
aprovechan de la situación de ellos para realizar un alto cobro de intereses y
es por esto que la Ley Contra la Usura tiene por objeto prevenir y prohibir
estos actos.
https://www.youtube.com/watch?v=jOJcEShvj84
Páginas
web.
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